Reformas y Alta Decoración

Proceso y permisos

Licencias y permisos para reformar en Málaga en 2026: obra menor y obra mayor

Qué licencia necesitas para reformar en Málaga: diferencia entre declaración responsable (obra menor) y licencia de obra mayor según la LISTA, documentación, ICIO, comunidad de propietarios y edificios protegidos.

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Documentación y planos para tramitar la licencia de una reforma en Málaga

Para reformar en Málaga, la mayoría de reformas de interior que no tocan la estructura, la fachada ni los elementos comunes se tramitan con una declaración responsable, un trámite ágil que no exige proyecto técnico. Las que afectan a la estructura, la fachada o aumentan superficie o número de viviendas necesitan licencia de obra mayor y proyecto firmado por un técnico. Todo se regula por la LISTA y por la ordenanza de cada municipio.

¿Necesito licencia para reformar en Málaga?

Sí, toda obra necesita algún tipo de autorización municipal, pero no todas siguen el mismo camino. En Andalucía, el marco lo fija la Ley 7/2021 de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (conocida como LISTA) y su reglamento. Esa norma simplificó los trámites para las reformas de menor entidad, que son la mayoría de las que se hacen en una vivienda.

En la práctica, hay dos vías: la declaración responsable y la licencia de obra mayor.

Obra menor: declaración responsable

La declaración responsable cubre las obras de interior de escasa entidad, siempre que no alteren la estructura, la fachada, la ocupación o el número de viviendas, y que se hagan en suelo urbano consolidado. Es el caso de la gran mayoría de reformas domésticas.

Entran aquí, entre otras:

  • Cambiar suelos, alicatados y pavimentos.
  • Renovar la carpintería interior.
  • Sustituir o reformar fontanería y saneamiento.
  • Renovar la instalación eléctrica.
  • Enlucidos, falsos techos y pintura.
  • Reformar cocina y baños sin mover la estructura.

La ventaja es la agilidad: se presenta la declaración con una memoria descriptiva, un plano o croquis y el presupuesto, y por lo general se puede iniciar la obra desde su presentación, sin esperar a una concesión. No requiere proyecto firmado por arquitecto para las obras que no lo exigen por su naturaleza.

Obra mayor: licencia y proyecto técnico

Cuando la reforma toca la estructura, modifica la fachada, cambia el volumen o aumenta la superficie o el número de viviendas, deja de ser obra menor. Ahí hace falta licencia de obra mayor y un proyecto técnico firmado por arquitecto o aparejador, y en muchos casos su visado colegial.

Son obras de licencia, por ejemplo:

  • Intervenir en muros de carga o en la estructura del edificio.
  • Modificar la fachada, abrir o cerrar huecos.
  • Ampliar la vivienda o aumentar su superficie construida.
  • Dividir una vivienda en dos o unir dos en una.

La tramitación es más larga que la declaración responsable, así que conviene iniciarla pronto y contarla dentro del plazo total de la reforma.

Tabla resumen: qué trámite necesita cada obra

ActuaciónTrámite habitual
Cambiar suelos, alicatados, pintura, carpintería interiorDeclaración responsable
Renovar fontanería y electricidad sin cambiar distribuciónDeclaración responsable
Reformar cocina y baños sin tocar estructuraDeclaración responsable
Mover tabiques no estructuralesDeclaración responsable (según alcance)
Intervenir en muros de carga o estructuraLicencia de obra mayor + proyecto
Modificar la fachada o abrir huecosLicencia + proyecto
Ampliar superficie o dividir la viviendaLicencia + proyecto
Edificio protegido o centro históricoTrámite específico + Patrimonio

Es una guía general. Cada ayuntamiento concreta estos supuestos en su ordenanza, así que el paso previo siempre es confirmar el caso concreto con el ayuntamiento correspondiente.

Impuestos y tasas: el ICIO y la tasa de licencia

Reformar conlleva dos pagos municipales habituales. El primero es el ICIO, el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, que se calcula sobre el presupuesto de ejecución y cuyo tipo fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal. El segundo es la tasa por la tramitación de la licencia o la declaración responsable.

Los porcentajes varían de un municipio a otro, por lo que la cifra exacta hay que consultarla en la ordenanza fiscal del ayuntamiento donde esté la vivienda. Como referencia, el ICIO suele moverse en un rango de un pequeño porcentaje del presupuesto de la obra.

La comunidad de propietarios

Al margen del ayuntamiento, si vives en un edificio hay que contar con la comunidad. Las obras que afectan a elementos comunes (bajantes generales, fachada, estructura) requieren autorización de la comunidad. Y aunque la reforma sea puramente interior, conviene comunicar las fechas por el ruido y el uso del ascensor y las zonas comunes durante la obra. Revisa los estatutos de tu comunidad antes de empezar.

Edificios protegidos y centro histórico de Málaga

En el centro histórico y en inmuebles catalogados o protegidos, el trámite se complica. Determinadas obras quedan fuera de la declaración responsable y necesitan informe o autorización de la comisión de patrimonio, además de ajustarse a lo que marque el catálogo de protección del planeamiento. Si tu vivienda está en una zona protegida, verifica su nivel de catalogación antes de proyectar la reforma.

¿Qué pasa si reformo sin licencia?

Reformar sin la autorización correspondiente puede acarrear una sanción económica, la orden de paralización de la obra y la obligación de legalizarla a posteriori, con la documentación que se habría necesitado desde el principio. Si la obra no fuera legalizable, podría ordenarse la reposición al estado anterior. Dicho de otro modo: saltarse el trámite sale mucho más caro que hacerlo bien.

Esta guía es orientativa y no sustituye la consulta con el ayuntamiento ni el asesoramiento de un técnico. La normativa urbanística y las ordenanzas fiscales varían por municipio y se actualizan con el tiempo.

Cómo lo gestionamos nosotros

En una reforma con nosotros, no te dejamos solo con el papeleo. Identificamos qué trámite necesita tu obra, preparamos la documentación y, cuando la obra es mayor, coordinamos el proyecto técnico. Todo dentro del presupuesto cerrado, para que sepas desde el principio qué hay que tramitar y cuánto suma.

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En la visita técnica gratuita te decimos qué trámite necesita tu obra y lo dejamos todo previsto en el presupuesto cerrado.

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Preguntas frecuentes

En la mayoría de casos basta con una declaración responsable, siempre que la reforma no afecte a la estructura, la fachada ni el número de viviendas. Es un trámite ágil que no requiere proyecto técnico.

La declaración responsable es para obras de interior de escasa entidad y permite empezar sin esperar a una concesión. La licencia de obra mayor es para obras que tocan estructura, fachada o superficie, y exige proyecto técnico y aprobación previa.

Depende del municipio. Se paga el ICIO (un porcentaje del presupuesto de ejecución que fija cada ayuntamiento) y la tasa de tramitación. La cifra exacta se consulta en la ordenanza fiscal del ayuntamiento correspondiente.

Por lo general sí, la declaración responsable permite iniciar la obra desde su presentación. La licencia de obra mayor requiere esperar a su concesión. Confírmalo con tu ayuntamiento.

Puede suponer una sanción, la paralización de la obra y la obligación de legalizarla. Si no fuera legalizable, podría ordenarse volver al estado anterior.